Tras un largo proceso de elaboración, participación, y exposición pública, la Ordenanza de Movilidad de la ciudad de València quedó aprobada el pasado 25 de abril por el Pleno del Ayuntamiento.

La nueva normativa aprobada busca integrar los diversos usos de sus espacios comunes, y abrió el proceso de su elaboración definitiva a la participación ciudadana y a los diversos actores claves implicados: Asociaciones de vecinos/as, confederaciones del taxi, operadores de transporte público y privado, confederaciones empresariales, asociaciones de comerciantes, asociaciones ciclistas, operadores turísticos y sindicatos.

A la participación de esta amplia representación se han sumado los grupos de debate que se han organizado, además de las consultas directas a los diferentes servicios municipales y agentes que se encargan de hacerla cumplir.

Como grandes novedades, se recogen las propuestas de la Junta de Síndicos del Consejo Agrario Municipal en relación a la movilidad rural y agraria, reconociendo que la ciudad es algo más que calles y aceras, con responsabilidades sobre la huera que la envuelve y alimenta, a fin de solucionar la problemática del uso indebido de los caminos rurales por vehículos a motor.

Por otro lado, el Ayuntamiento de Valencia se compromete —en la Disposición Adicional 4ª de la Ordenanza— a ejercer lo más pronto posible la habilitación competencial concedida por el Decreto Ley 4/2019, de 29 de marzo del Consell para la modificación de las condiciones de explotación del artículo 182.1 del Reglamento de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre a fin de implantar, progresivamente, tecnologías que impliquen un nivel de bajas o cero emisiones.

Las modificaciones, en detalle

Respecto al texto aprobado provisionalmente el pasado mes de enero, el texto definitivo añade, aclara o modifica bastantes puntos. Pasamos a desglosarlos:

Distintivo ambiental: En su artículo 5.1, que el formato, las prescripciones técnicas del distintivo ambiental y su ubicación en el vehículo se ajustarán a la regulación estatal del Reglamento General de Vehículos vigente en cada momento.

Distancia de seguridad: En el 8, que también se prestará especial atención a la distancia de seguridad entre vehículos cuando se circule o transite en paralelo con otro vehículo y se mantendrá la debida distancia a fin de evitar comprometer la seguridad viaria, observando la máxima precaución en la aproximación a taxi en situación de parada y a vehículos de transporte adaptado para personas discapacitadas o con diversidad funcional, así como en los trayectos de travesía de las plataformas de tranvías.

Prioridad del peatón: En el 10 aparece un apartado d) en el que se establece que durante la maniobra de giro, aún cuando no esté señalizado el paso, los peatones tendrán prioridad cuando hayan comenzado a cruzar la calzada, máxime si el lugar es uno de los lugares autorizados numerados en el artículo 29.d. Y el artículo 13 modifica su apartado 1 en el sentido de que, con carácter general, el límite máximo de velocidad al que podrán circular los vehículos por vías urbanas será el que establezca el reglamento general de circulación.

Uso de las calles peatonales: En el artículo 15, se concretan los servicios públicos básicos (cuerpos de seguridad, servicios de emergencia, grúa municipal, limpieza, conservación vías públicas, etc …) que pueden hacer un uso puntual de las calles peatonales, y añade que los juegos y los deportes están autorizados en las mismas. Y en el 25.2, que en todas las vías públicas y para garantizar los derechos de su apartado 1 respecto de las personas con diversidad funcional o discapacidad se dispone el acondicionamiento de zonas de tránsito seguro, adecuadamente delimitadas y señalizadas, mediante una franja de pavimento diferente visualmente contrastada o mediante alineación de mobiliario urbano que cumpla las condiciones generales de ubicación y diseño según la normativa vigente, con una separación mínima de 120 cm entre elementos, o mediante una combinación de las dos soluciones.

Además, para el caso de itinerarios peatonales con cruce de carril bici y calzada, señalizados como pasos peatonales, las personas viandantes que quieran cruzar la calzada no podrán detenerse en ningún lugar de la misma esperando que el semáforo se ponga en verde, sino que han de realizar la espera en la zona peatonal más próxima al cruce de la calzada (artículo 26.4).

Rutas escolares: En el artículo 28.2, refiere ahora a las rutas escolares seguras y los alrededores de los centros escolares como posibles zonas de protección especial a incluir en el PMUS (Plan de Movilidad Urbana Sostenible).

Circulación de bicicletas: El artículo 33. a) 1, que en la zona de circulación de bicicletas se ha de observar la necesaria precaución ante la invasión del carril bici por peatones y, muy especialmente, por niños, niñas, personas mayores y personas con discapacidad visual o psíquica, y en su apartado 2 añade que no ha de invadirse por las bicis la zona de tránsito seguro contigua a la fachada que, como mínimo  será de 1,2 metros.

Pavimento para personas con visibilidad reducida: En el artículo 34.3 b), refiere pavimento diferenciado como pintura, franjas de rayas podotáctiles, clavos o cualquier otro elemento que las personas con visibilidad reducida puedan percibir fácilmente para marcar la continuidad del itinerario ciclista en espacios para peatones, sin que sobre el mismo puedan estacionarse las bicicletas (artículo 36.2).

Taxi: En el artículo 53.1, que, ante posibles cortes parciales del tráfico, el taxi tendrá la misma consideración que los autobuses de la EMT en las restricciones del paso que se establezcan.

Reserva de estacionamiento: Por último, el artículo 83 añade la reserva de estacionamiento para centros sanitarios o asistenciales, establecimientos hoteleros, recintos deportivos, culturales o centros singulares.

En definitiva, las políticas de movilidad de la ordenanza de la ciudad de València aprobada buscan integrar los diversos usos de sus espacios comunes  priorizando a los usuarios más vulnerables con recetas a largo plazo. A pesar de que la movilidad en las ciudades es hoy más cambiante que nunca, se impone anticiparse a los cambios a fin de evitar y prevenir abusos y situaciones fuera de control.